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Los proveedores autorizados durante la renovación 2025

A poco más de un mes de haber iniciado el periodo de renovación para operar como Proveedor de Certificación de CFDI (PCCFDI), verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos a presentar, es clave para llevar a cabo un proceso efectivo. Sobre todo, tomando en cuenta a quienes comienzan su camino como Oficiales de Cumplimiento Regulatorio, siempre es bueno recordar los puntos clave y las fuentes oficiales para obtener la información para que todo se realice en tiempo y forma.

En primer lugar ¿en qué fecha me corresponde hacer mi renovación?

De acuerdo con la regla 2.7.2.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, la solicitud de renovación se deberá presentar en el mes que corresponda de acuerdo con la letra inicial de su clave RFC.

MesPrimera letra de la clave del RFC
JunioA-E
JulioF-M
AgostoN-Z

Esto, siempre y cuando se cumpla con la 113/CFF “Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”.

En caso de no presentarla, presentarla extemporánea o no cumplir con los requerimientos, la Autoridad tendrá por no presentada la solicitud y, por ende, como no renovada.

¿Debo presentar los mismos requisitos que en la renovación pasada?: Cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal

La Autoridad nos indica que los requerimientos para la Renovación están concentrados en el Anexo 1-A de la RMF vigente, donde se encuentra la ficha de trámite 113/CFF. No obstante, nos encontramos con algunos requisitos que están dispersos dentro de otros anexos, como los son el Anexo 20 y el Anexo 29, donde se incluyen otras evidencias a presentar para la Renovación. En general, estos documentos plantean las bases de los elementos que se encuentran dentro de nuestras obligaciones diarias como Proveedores Autorizados.

Retomando el tema de los requisitos que debemos presentar para esta Renovación, se debe considerar el tema de los cambios a la ficha de trámite 113/CFF. A diferencia del proceso de Renovación en 2023, en 2025, hay varios puntos que presentan cambios. A continuación, se enlistan los requisitos que en 2023 se solicitaron en la ficha 113/CFF y cómo se actualizaron para este año.

  1. Escrito libre: El primer cambio que se detecta en la Ficha 113/CFF es referente a la forma de llenar el campo Descripción.

    2023: Descripción: Solicito renovación de la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida (RMF, 2023).

    2025: Descripción: “A través de la presente solicitud, el C. (Nombre del representante o apoderado legal), en mi carácter de representante o apoderado legal de la persona moral (Nombre de la persona moral), con registro federal de contribuyentes (Señalar RFC de la persona moral), personalidad que acredito con el instrumento (número) comparezco respetuosamente ante esa Autoridad para solicitar la renovación de la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, a que se refiere la regla 2.7.2.4. de la RMF, para ello, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada sigue cumpliendo con los requisitos y obligaciones para continuar operando como Proveedor de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. De igual forma, y a efecto de dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la ficha de trámite 113/CFF “Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, adjunto la documentación requerida en la misma (RMF, 2025)”

    Mediante este cambio, para 2025 no se requiere presentar un Escrito Libre de solicitud. No obstante, la recomendación continúa en sí incluirlo para dar soporte a nuestro ingreso.
  2. Dictamen financiero: En 2025, la ficha no lo incluye como requisito.
  3. XML, digitalización impresa y el CFDI de la garantía: Se mantiene sin cambios en la ficha, recordando que debe amparar 24 meses contados a partir de que pierda vigencia la última garantía exhibida.
  4. Carta compromiso de confidencialidad firmada por el representante legal: Se mantiene sin cambios.
  5. Documentos digitalizados: Para 2025, deja de requerirse explícitamente presentar los documentos digitalizados y firmados:
    • Documento de Especificaciones para la descarga y consulta de la LCO, de la LRFC
    • Documento de Lineamientos de uso gráfico del logotipo
    • Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita
  6. Acreditación de personalidades de representante o apoderado legal y actas de asamblea para personas morales: Se mantiene.
  7. Condiciones para personas morales: Se mantienen sin cambios:
    • Contar con Contraseña, Contar con e.firma
    • Contar con buzón tributario activo
    • Contar con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, en términos del artículo 32-D del CFF.
    • Encontrarse como localizados en el RFC.
    • No contar con ningún medio de defensa o proceso legal ante el SAT.

    Este es un punto interesante a considerar, desde antes de iniciar el procedimiento de renovación, ya que aunque esto puede requerir de una simple aclaración, por mínimo que parezca, para la Autoridad tiene la relevancia que cualquier otro medio de defensa, y que nos limitará en este proceso de renovación de nuestra autorización.

    Estas condiciones son aplicables para representantes o apoderados legales, socios, accionistas o cualquier integrante del Consejo.

¿Dónde se realiza el trámite?

Recordemos que este proceso en específico se realiza desde Mi Portal. Únicamente cuando la Autoridad requiera alguna información, la presentación de la información se hace de forma física, mediante escrito dirigido a la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos (ACGSTME) ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado, el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda. En un plazo de 10 días.

¿En qué medios se encuentra la información oficial?

A través de la página del SAT, en el apartado de normatividad, hoy en día, se puede acceder, entre otros, a la RMF vigente y de dos años anteriores (2024 y 2023). Así como los Anexos y todas sus modificaciones. Estos son los documentos oficiales en donde se pueden encontrar las disposiciones y requerimientos que como proveedores autorizados debemos atender para estar en cumplimiento conforme la autoridad lo dicta, incluyendo el tema de la renovación.

Referencias

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27. Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Estados Unidos Mexicanos; DOF; 30/12/2024; disponible en versión HTML en internet:
http://omawww.sat.gob.mx/normatividad_rmf_rgce/Paginas/documentos2025/rmf/rmf/RMF_2025-30122024.pdf