El 18 de noviembre de 2020 apareció el Complemento Carta Porte en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) en la Regla 2.7.1.9, acerca del CFDI que podrá acompañar el transporte de mercancías, y destaca lo siguiente:
Asimismo, debemos considerar el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, que en su artículo 74 menciona que los autotransportistas deberán emitir por cada embarque una carta de porte debidamente documentada, que deberá contener, además de los requisitos fiscales y de las disposiciones aplicables contenidas en el dicho reglamento, como mínimo lo siguiente:
Por último, debemos considerar las siguientes reglas de la RMF vigente:
2.6.1.1. Hidrocarburos y petrolíferos que son objeto de los controles volumétricos.
2.6.1.2. Contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos.
2.7.1.26. Clave en el RFC genérica en CFDI y con residentes en el extranjero.
2.7.1.45. Comprobantes fiscales por venta o servicios relacionados con hidrocarburos y petrolíferos.