A partir del 1 de enero de 2023, tras la prórroga otorgada por la Autoridad, la única versión para emitir facturas electrónicas será la 4.0., y la implementación de esta ha traído una serie de cambios y retos para todos los contribuyentes que buscan la emisión correcta de su CFDI.
Información en cuanto al Emisor y Receptor
Se solicita:
Se registren el nombre o razón social y domicilio fiscal, tanto del emisor como del receptor, iguales a la información contenida en las bases de datos de la Autoridad.
El reto:
En ocasiones, la información contiene caracteres especiales, acentos o abreviaturas, para poder registrar el dato correctamente podemos:
- Solicitar que se proporcione la Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal para validar la información y así hacer el registro de esta de forma correcta en el CFDI.
En el caso del domicilio fiscal, existen contribuyentes que no han actualizado su información ante el SAT, por lo mismo el código postal que proporcionen no es el mismo con el que cuenta la Autoridad.
Información global
Al emitir una factura por operaciones con el público en general (factura global) en el RFC del receptor se utiliza el RFC genérico nacional (XAXX010101000), con esta modificación adicional en nombre se registrará “PUBLICO EN GENERAL”, con ello se estará obligado a registrar el nodo de información global, capturando los campos periodicidad, mes y ejercicio.
Además, se especifican registros en algunos campos, como:
- Régimen fiscal de receptor será el 616 “Sin obligaciones fiscales”
- Domicilio del receptor deberá ser el mismo que el domicilio del emisor.
- En cuanto al UsoCFDI se deberá registrar la clave S01, derivado de la eliminación de la clave P01, ya que el comprobante no tendrá efectos fiscales para el receptor de este.
El reto:
Existen operaciones que se facturan a un RFC genérico nacional, pero nominativas a nombre del cliente; estás al no cumplir con el requisito de nombre “PUBLICO EN GENERAL”, no tienen que llevar el nodo de Información Global, pudiendo ser tanto a nacionales como a extranjeros.
Objeto del impuesto
Se debe identificar si la operación que se está llevando a cabo es o no objeto de algún impuesto indirecto, como IVA o IEPS.
El reto:
Verificar que productos o servicios gravan el impuesto, esto de acuerdo con los art. 1 de la LIVA o del art. 1 de la LIEPS, en la que se especifica quienes se encuentran obligados al pago del impuesto.
Por lo que, no es lo mismo que un producto o servicio no grave impuesto a que se encuentre exento; o bien, que aunque sea objeto del impuesto, no se encuentre obligado al desglose de estos.
Exportación
Identificación de aquellas operaciones que sean de exportación y que estén sujetas o no al uso del complemento de comercio exterior.
El reto:
Validar cuál de las operaciones de exportación definitiva están obligadas al uso del complemento de comercio exterior, como aquellas que llevan en su pedimento la clave A1 a aquellas que llevan una clave de pedimento diferente a la A1 y, por lo tanto, no llevan el complemento; así como de aquellas que son exportaciones temporales.
Facturación a través del adquirente y a cuenta de terceros
Esta información ya se manejaba en la emisión de comprobantes fiscales, solo que no se registraba en el cuerpo del CFDI.
El reto:
En cuanto a la clave de a través del adquirente, esta se obtendrá de la que proporcione la Autoridad tras la solicitud del proceso “Cambio de rol” para la asignación al receptor de emitir la factura a nombre del emisor, por lo que al capturar dicha clave se deberá validar que en efecto se cuente con dicha autorización.
Por lo que respecta al nodo a cuenta de terceros, se deberá llenar la información directamente en el CFDI y no en un complemento, concepto como se venía manejando, registrando la misma información solicitada al emisor y receptor, tales como RFC, régimen fiscal, código postal del domicilio fiscal y nombre de este.
Claves de uso de CFDI y CFDI relacionados
Sin embargo, no todos los cambios implican un reto, ya que el registro de más de un tipo de relación viene a ser una ayuda para aquellos contribuyentes que requieren la captura de varias claves derivada de que su CFDI tiene más de una relación.
De igual forma, la especificación del uso de claves para el fin que tendrá la factura solicitada por el receptor, esto al establecer el uso dependiendo del régimen en el que se encuentre el contribuyente.
Ante la obligatoriedad de la v.4.0. se debe validar que la información que tenga el SAT en sus bases de datos sea la correcta de acuerdo con las actividades y lugares de operación de los contribuyentes, por lo que sugerimos verificar los datos y actualizar los mismos en caso de diferencias.
No esperes al último momento, inicia hoy y mantente actualizado.